¿Estás interesado o interesada en formarte como Controlador de Acceso?
Más detalles a continuación:
La figura del Controlador de Acceso
Es un profesional que se encarga de realizar tareas de servicios auxiliares y se encuentra, en todo momento, bajo la dependencia y responsabilidad de la persona titular u organizadora de estas actividades, con independencia de que se haya contratado directamente o por medio de una empresa proveedora de estos servicios.
La función principal es el control de entrada y salida de todas aquellas personas que acceden a un establecimiento tanto privado como público.
Un Controlador de Acceso y un Vigilante de Seguridad NO son lo mismo.
- Un Controlador de Acceso es aquella persona que se encarga de funciones auxiliares, como son, dar información en accesos, conserjería, comprobación de instalaciones, control de tráfico y de parkings, recepción, gestión de entrada de visitas, azafatas, entre otros.
- Un Controlador no puede ejercer funciones encaminadas a la prevención de delitos y faltas.
- Un Controlador no puede solicitar que una persona se identifique.
- Los Controladores de acceso sólo pueden desarrollar su trabajo en el interior de inmuebles y no pueden usar ni portar armas.
Tareas:
- Impedir el acceso a las personas que no cumplan las condiciones establecidas por la persona titular, en ejercicio del derecho de admisión.
- Hacer cumplir la normativa sobre limitación de la entrada de las personas menores.
- Controlar que el público no supere el aforo máximo autorizado con el objetivo de garantizar la seguridad.
- Prohibir el acceso del público a partir de la hora límite.
- Controlar la adquisición de la entrada por parte de las personas asistentes, cuando proceda.
- Informar a los vigilantes de seguridad privada de las alteraciones del orden que se produzcan en los accesos. Si no hay vigilantes de seguridad privada, informarán directamente a la policía.
- Auxiliar a las personas que requieran asistencia sanitaria y llamar al teléfono de emergencias correspondiente.
- Permitir y facilitar las inspecciones o controles reglamentarios.
- Garantizar que las personas con discapacidad puedan acceder al local o instalación.
- Asegurar que la actividad recreativa se realice en el interior del local o instalación.
- Controlar el tránsito de zonas reservadas.
El Personal de Control de Acceso es necesario en:
- Establecimientos públicos y privados
- Discotecas y salas de fiesta
- Fiestas privadas
- Edificios de oficinas
- Centros comerciales
- Tiendas
- Obras y construcciones
- Eventos
- Conciertos
- Aparcamientos
- Industrias
- Comunidades de propietarios
- Hoteles
- Edificios desalojados
- Locales
- Colegios
Requisitos:
En Catalunya las personas que quieran obtener la habilitación profesional para ejercer las funciones de Personal de Control de Acceso deben realizar un curso de 60 horas en un centro docente habilitado y acreditado por la Generalitat de Catalunya y superar las pruebas de selección efectuadas por la Direcció General d’Administració de Seguretat, que expide entonces un carné profesional de Personal de Control de Acceso.
Para presentarse a estas pruebas es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener la ciudadanía española o de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo.
- No haber estado condenado por delitos contra las personas, el patrimonio, la salud pública o justificar que los antecedentes de los delitos cometidos han sido cancelados.
- Tener unos conocimientos básicos de las lenguas oficiales de Catalunya, con el fin de poder atender al público al que se dirija en estas lenguas.
Renovación del carné profesional de Personal de Control de Acceso:
El carné caduca a los cuatro años de la fecha de emisión, por lo que debe ser renovado. Para ello, la persona que ha sido habilitada como Personal de Control de Acceso debe pedir la renovación con una antelación mínima de dos meses a la fecha de caducidad prevista a la dirección general competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Temario:
Programa del módulo de conocimientos teóricos
- Normativa aplicable y las funciones del Personal de Control de Acceso.
- Principio de igualdad y prohibición de discriminación de acceso de las personas. Regulación del derecho de admisión en conformidad con el Reglamento.
- Medidas de seguridad a los establecimientos abiertos al público.
- Hoja de reclamaciones.
- Horarios de cierre, de acuerdo con este Reglamento y las órdenes vigentes del departamento competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Personas menores y su acceso.
- Prohibición de armas y de objetos potencialmente peligrosos a los locales abiertos al público.
Todo de acuerdo con el Reglamento y el resto de normativa aplicable.
Programa del módulo de carácter práctico
- Curso de primeros auxilios.
- Formación sobre la actuación que hay que seguir en situaciones de peligro para las personas.
- Estudio y análisis de los problemas sociales actuales así como otras situaciones previsibles.
- Formación sobre las técnicas básicas de autocontrol y de defensa personal, en situaciones de necesidad extrema.
El curso:
La duración es de 60h distribuidas en 12 días.
Los módulos de conocimientos teóricos y de Primeros Auxilios se impartirán en nuestro centro de la C/ Cristóbal de Moura, 246.
El módulo de Defensa personal se hará en otros centros habilitados que colaboran con la Academia Rosu.
Más información:
https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentId=937092
Estamos en la C/ Cristóbal de Moura n°246, 08019 Barcelona.
+34 697 98 15 57
Las conexiones disponibles son:
- bus H14, V33
- metro L4 Besòs Mar
- tranvía T5, T6